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Todo lo Que Necesita Saber Sobre Rentas Exentas y Deducciones para la Declaración de Renta 2024

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A medida que se acerca la temporada de declaración de renta para el año gravable 2023, es crucial que los contribuyentes estén al tanto de las rentas exentas que la DIAN no suma al cálculo de su impuesto sobre la renta. Entender estos detalles puede ser clave para optimizar su declaración y evitar sorpresas desagradables.



Todo lo Que Necesita Saber Sobre la Declaración de Renta 2024

Calendario Tributario 2024

A partir de agosto de 2024, comienza el calendario tributario para la declaración de renta en Colombia. Los contribuyentes deberán presentar su declaración en función de los dos últimos dígitos de su cédula, con fechas que van desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre de 2024. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido estos plazos para que cada persona cumpla con sus obligaciones fiscales a tiempo.


Rentas Exentas para Declarar Renta en 2024

Para la declaración de renta del año gravable 2023, es importante que las personas naturales conozcan las rentas exentas que, por disposición legal, no están sujetas al impuesto sobre la renta. Andrés Bermúdez, director de Derecho Tributario en Godoy Córdoba, aclara que estas rentas exentas están reguladas en el Decreto 1625 de 2016 y en el artículo 388 del Estatuto Tributario.


Aquí le presentamos una lista de las rentas exentas que debe considerar:


  • Aportes Voluntarios a Fondos de Pensiones: Los aportes a fondos de pensiones voluntarios (personales o institucionales) son exentos hasta el 30% del ingreso laboral, sin exceder 3.800 unidades de valor tributario (UVT), que para 2023 equivale a $161.165.600.

  • Aportes a Cuenta de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC): Se pueden deducir hasta el 30% del ingreso laboral, sin exceder las 3.800 UVT ($161.165.600).

  • Indemnizaciones por Accidente de Trabajo o Enfermedad.

  • Indemnizaciones por Protección a la Maternidad.

  • Gastos de Entierro del Trabajador.

  • Auxilio de Cesantía y los Intereses sobre Cesantías: Exentos para trabajadores cuyo ingreso mensual promedio en los últimos seis meses no supere 350 UVT ($14.844.200).

  • Pensiones de Jubilación, Invalidez, Vejez, Sobrevivientes y Riesgos Profesionales: Exentas hasta el año gravable de 1997; a partir de 1998, solo está gravada la parte del pago mensual que exceda 1.000 UVT ($42.412.000).

  • Seguro por Muerte y Prestaciones Sociales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.

  • Gastos de Representación para Magistrados y Fiscales: Exentos en un porcentaje del 50% para magistrados y fiscales, y del 25% para jueces.

  • Exceso de Salario Básico para Miembros de las Fuerzas Militares y Policía Nacional: Exento el exceso sobre el salario básico.

  • Gastos de Representación para Rectores y Profesores de Universidades Públicas: Exentos hasta el 50% de su salario.

  • Rentas Exentas en el Valor Total de Pagos Laborales: Hasta el 25% del valor total de pagos laborales, limitado a 790 UVT ($33.505.480).


Cómo Ahorrar Dinero en la Declaración de Renta


Además de las rentas exentas, los contribuyentes pueden aplicar deducciones para reducir su base gravable y, en consecuencia, el monto a pagar. Según el artículo 336 del Estatuto Tributario, las deducciones y las rentas exentas no deben exceder el 40% del ingreso neto ni el monto global de 1.340 UVT ($56.832.080) para la vigencia fiscal 2023.


Principales Deducciones a Considerar:


  • Intereses para Adquisición de Vivienda: 1.200 UVT ($50.894.400).

  • Aportes Voluntarios a Cesantías por Independientes: 2.500 UVT ($106.030.000).

  • Pagos a Planes de Medicina Complementaria: 192 UVT ($8.143.140).

  • Dependientes Económicos: 384 UVT ($16.286.202).

  • Gravamen al Movimiento Financiero (GMF): El 50% del GMF pagado en el año, aunque no esté relacionado con la actividad productora de renta.

Recuerde que, a pesar de los topes individuales para cada deducción, el total combinado no debe exceder el límite global de 1.340 UVT ($56.832.080).


Conclusión


Mantenerse informado sobre las rentas exentas y las deducciones disponibles es fundamental para una declaración de renta eficiente y correcta. Asegúrese de revisar cada uno de los beneficios que puede aplicar para reducir su base gravable y evitar errores que podrían afectar el resultado de su declaración. Si tiene dudas, considere consultar con un especialista en derecho tributario para garantizar que su declaración se realice de manera adecuada.


¡No deje pasar la oportunidad de optimizar su declaración y evitar sorpresas al momento de pagar impuestos! Fuente: https://redmas.com.co/economia


 
 
 

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